Este artículo o sección necesita referencias que aparezcan en una publicación acreditada. Busca fuentes: «Pecado mortal»noticias · libros · académico · imágenesEste aviso fue puesto el 28 de julio de 2009.

De acuerdo al catolicismo, un pecado serio, grave o mortal es la violación con pleno conocimiento y deliberado consentimiento de los mandamientos de Dios en una materia grave.[1]

Un pecado mortal puede conducir a la condenación eterna si una persona no se arrepiente del pecado antes de la muerte. Se considera que un pecado es "mortal" cuando su calidad es tal que conduce a una separación de esa persona de la gracia salvadora de Dios. Tres condiciones deben cumplirse juntas para que un pecado sea mortal: "El pecado mortal es el pecado cuyo objeto es una materia grave y que también se comete con pleno conocimiento y consentimiento deliberado". Se podrían considerar como tales (si se cumplen las condiciones señaladas): el secuestro, el asesinato, el incesto, el robo, el adulterio, la violación, el aborto, el suicidio, entre otros.

Concepto

Se piensa que el término "pecado mortal" se deriva del Nuevo Testamento de la Biblia. Específicamente, se ha sugerido que el término proviene de 1 Juan 5: 16–17. En este verso en particular, el autor de la Epístola escribe que hay pecado de muerte como pecado de no muerte.

En la teología moral católica, un pecado mortal requiere que se cumplan todas las condiciones siguientes:

Para que un pecado sea mortal se requieren tres condiciones:[2]

  1. Sea materia grave.
  2. Debe ser cometido con plena conciencia.
  3. Un consentimiento suficientemente deliberado para ser una elección personal.

El Catecismo de la Iglesia Católica define la materia grave:

1858. La materia grave es precisada por los Diez mandamientos según la respuesta de Jesús al joven rico: “No mates, no cometas adulterio, no robes, no levantes testimonio falso, no seas injusto, honra a tu padre y a tu madre” (Mc 10, 19). La gravedad de los pecados es mayor o menor: un asesinato es más grave que un robo. La cualidad de las personas lesionadas cuenta también: la violencia ejercida contra los padres es más grave que la ejercida contra un extraño.[3]

De acuerdo con la Iglesia Católica ninguna persona puede comulgar o recibir la Eucaristía si se encuentra en pecado mortal:

1457 "Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave (pecado mortal) que no comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental a no ser que concurra un motivo grave y no haya posibilidad de confesarse; y, en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes"[4]

Además agrega que:

1033 Morir en pecado mortal sin estar arrepentido ni acoger el amor misericordioso de Dios, significa permanecer separados de Él para siempre por nuestra propia y libre elección. Este estado de autoexclusión definitiva de la comunión con Dios y con los bienaventurados es lo que se designa con la palabra "infierno".[5]

Algunos pecados mortales causan la excomunión automática por la misma acción, por ejemplo la apostasía, herejía o cisma, la profanación de las especies eucarísticas[6]​ y el aborto.[7]​ Estos pecados mortales son tan graves que la Iglesia, por norma interna, los ha convertido en delitos (lógicamente, sin efectos judiciales). La Iglesia prohíbe que los excomulgados reciban cualquier sacramento (no solo la Eucaristía) y también restringe severamente la participación de la persona en otros actos y cargos litúrgicos de la Iglesia. Una persona excomulgada arrepentida puede hablar con un sacerdote, generalmente en un confesionario, sobre su excomunión para arreglar la remisión. La remisión no se puede negar a alguien que verdaderamente se haya arrepentido de sus acciones y que también haya hecho una reparación adecuada por los daños y escándalos o que, al menos, haya prometido seriamente hacerlo.[8]

Los pecados mortales no deben confundirse con los siete pecados capitales. Los últimos no son necesariamente pecados mortales; son pecados que conducen a otros pecados.

Tradicionalmente se ha identificado al pecado mortal con aquel pecado cuya comisión conlleva, por sí sola y dada su gravedad, la condena del alma, de modo que si pusiéramos al otro lado de la balanza todas las obras buenas que el sujeto haya podido realizar a lo largo de toda su vida no serían suficientes para obtener su salvación, salvo que logre el perdón por los medios que la Iglesia establece. No es que no se valoren las obras de toda una vida en su conjunto sino que éstas no suponen contrapeso suficiente para desvirtuar el desprecio grave a la voluntad de Dios y la intrínseca maldad que ello supone.

Es por ello que la interpretación que se dé a los preceptos canónicos requiere especial relevancia. Y, como en toda norma, caben distintos criterios interpretativos.[9]​ La interpretación puede ser estricta, restrictiva o extensiva. La primera es la que se detiene en la literalidad de la norma (sin excluir ningún supuesto ni admitir supuestos análogos). La interpretación extensiva es la que tácitamente incluye supuestos análogos, con igual razón de ser, no contemplados por la norma en su literalidad. Y la restrictiva es aquella que entiende que deben excluirse algunos supuestos de hecho. Así, aunque la norma dice no matarás, puede ser lícito en caso de estado de guerra en ciertos casos (que la norma en su literalidad no prevé) o en defensa propia.

La materia grave

El Catecismo de la Iglesia Católica, el documento oficial y autorizada de la Iglesia Católica donde se consignan las enseñanzas de la fe, define estos pecados tan grave asunto. El número que está escrito el asunto grave preocupación en El Catecismo de la Iglesia Católica está a la derecha de la palabra.
(Esto no es necesariamente todos los asuntos graves posibles.)

Pecado Mortal y Dogmas de Fe

La infalibilidad (certeza o inexorabilidad) del Papa tiene una serie de requisitos en cuestiones de fe y moral. Es necesario que sus pronunciamientos sean ex cathedra. Es decir que expresamente proclame una doctrina como definitiva (que no va a cambiar).

El problema surge cuando nos referimos a actos concretos, a una casuística indefinida, que no puede ser definitiva por su misma naturaleza. Puede que sea dogma de fe la prohibición de matar, pero la decisión de si una guerra concreta es legítima (aunque conlleve muertes), es algo casuístico, que depende de las circunstancias concretas. Los supuestos de hechos concretos sólo encajan en la norma mediante una labor interpretativa concreta.

Véase también

Referencias

  1. O'Neil, Arthur (abril de 1912). «El pecado mortal». The Catholic Encyclopedia. Nuevo York: Robert Appleton Company. 
  2. Catecismo de la Iglesia Católica #1857-1859. Consultado el 28 de diciembre de 2018. 
  3. Catecismo de la Iglesia Católica #1858. Consultado el 28 de diciembre de 2018. 
  4. Catecismo de la Iglesia Católica #1457. Consultado el 28 de diciembre de 2018. 
  5. Catecismo de la Iglesia Católica #1033. Consultado el 28 de diciembre de 2018. 
  6. Código de Derecho Canónico #1364, 1367. Consultado el 28 de diciembre de 2018. 
  7. Código de Derecho Canónico #1398. Consultado el 28 de diciembre de 2018. 
  8. Código de Derecho Canónico #1347, 1358. Consultado el 28 de diciembre de 2018. 
  9. Por ejemplo si en el tren pone que no se pueden llevar perros, cabe preguntarse si es posible llevar gatos (o tortugas). Probablemente sí podrá acceder un perro lazarillo.