Caserón de San Bernardo, sede del Consejo.

El Consejo Escolar del Estado es el órgano de participación de los sectores más directamente relacionados con el sector educativo en España. Se creó con la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación en 1985, sustituyendo las funciones del Consejo Nacional de Educación.[1]​ Su ámbito se extiende a todo el territorio nacional.

El Consejo desarrolla también una labor consultiva, de asesoramiento y propuesta al Gobierno en relación con los distintos aspectos del sistema educativo. Sus integrantes dictaminan los proyectos normativos en materia educativa, que tengan que ser aprobados por las Cortes Generales, el Gobierno o por el titular del Ministerio de Educación.

Asimismo, aprueba para cada curso escolar el Informe sobre el estado y situación del sistema educativo, donde se incluyen las propuestas de mejora de la educación que alcancen el respaldo sus miembros.

Funcionamiento

[editar]

Está formado por el Presidente, el vicepresidente, los Consejeros y el Secretario General y funciona en Pleno, Comisión Permanente, Junta de Participación de los Consejos Escolares Autonómicos y en Ponencias.

Composición del Pleno

[editar]

El Consejo Escolar del Estado tiene 107 componentes. En función de la representatividad de las asociaciones en las que se integran, están presentes en el Consejo:

Referencias

[editar]
  1. «El Consejo Nacional de Educación en 1940». Educación y participación en Madrid. Una perspectiva histórica (Madrid: Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid; Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid): 140. 2003.