Asamblea Departamental de Cundinamarca | ||
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![]() | ||
![]() Centro de la Gobernación Avenida El Dorado No 51-53, Bogotá. | ||
Información general | ||
Tipo | unicameral | |
Composición | ||
Miembros | 16 diputados se eligen por el pueblo | |
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Grupos representados | 4 Cambio Radical 3 Partido de la U 3 Liberal 2 Conservador 2 Alianza Verde 2 Centro Democrático | |
Elecciones | ||
Última elección | 2019 | |
Próxima elección | 2023 | |
Sitio web | ||
http://www.asamblea-cundinamarca.gov.co/ | ||
La Asamblea Departamental de Cundinamarca es una corporación gubernamental del Departamento de Cundinamarca en Colombia. Está compuesta por 16 diputados, quienes representan el poder legislativo autónomo a nivel regional. Su sede está ubicada en el edificio piramidal del Centro Administrativo de la Gobernación en Bogotá.
La Asamblea Departamental de Cundinamarca tiene dos funciones esenciales, que son las funciones normativas, es decir, la promulgación de ordenanzas ya sea de iniciativa popular, del gobernador o de los diputados, la prestación de servicios a cargo del Departamento, crear, suprimir, agregar o segregar municipios y provincias, determinar la estructura de la administración departamental y establecer los impuestos destinados para la adminsitración pública. Las de control político en el cual se hace directo las acciones que haga la Gobernación, secretarios del gabinete y las entidades departamentales descentralizadas.
La ley 617 de 2000[1] establece en su artículo 29 los periodos de las sesiones de las Asambleas Departamentales, las cuales sesionaran durante seis meses en forma ordinaria, así:
El primer período será: En el primer año de sesiones, del 2 de enero posterior a su elección, al último día del mes de febrero del respectivo año. En el segundo, tercer y cuarto año de sesiones, el primer período será el comprendido entre el primero de marzo y el treinta de abril; el segundo período será del primero de junio al último día de julio. El tercer período será del primero de octubre al treinta de noviembre. La asamblea puede sesionar igualmente durante un mes al año de forma extraordinaria que se remunerará proporcionalmente al salario fijado
Partido | Diputado |
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Hermes Villamil Morales |
Campo Alexander Prieto García | |
José Ricardo Porras | |
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Víctor Julián Sánchez Acosta |
Pedro Aníbal Cárdenas | |
Juan Carlos Coy | |
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José Rueda Avellaneda |
Jorge Humberto Garcés | |
José Nicolás Gómez | |
Luis Aroldo Ulloa Linares | |
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Constanza Ramos Campos |
Helio Rafael Tamayo | |
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Julio César Delgadillo |
Fabián Mauricio Rojas | |
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Edgar Cruz García |
Wilson Antonio Flórez |